- Las medidas de tránsito de las personas trabajadoras con discapacidad desde el empleo en los Centros Especiales de Empleo al empleo en empresas del mercado ordinario de trabajo a través de los enclaves laborales regulados en el Real Decreto 290/2004, de 20 de febrero, incentivando su contratación con carácter indefinido.
- La contratación de personas con discapacidad de forma temporal, con una duración mínima de contrato de 6 meses y al menos un 50% de jornada.
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