Base 2.–Beneficiarias.
1. Podrán ser beneficiarias las pymes navarras que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que hayan sido admitidas en el programa ICEX Next, promovido por el ICEX España Exportación e Inversiones.
b) Que tengan su domicilio fiscal en Navarra.
c) Que se encuentren de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en la fecha de presentación de la solicitud.
d) Que no estén cumpliendo sanciones administrativas firmes ni una sentencia firme condenatoria, por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o, en su caso, no estar pendiente de cumplimiento de sanción o sentencia impuesta por dichos motivos.
e) Que no estén incursas en las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, cuyo cumplimiento se acreditará mediante la declaración responsable que se incluye en el formulario de solicitud.
2. El cumplimiento de los requisitos exigidos se acreditará por las solicitantes mediante la presentación de la documentación que se señala en la base 5, y deberán mantenerse hasta la finalización de las actividades subvencionadas.
3. Con el fin de acreditar el domicilio fiscal y que las empresas se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, la solicitud de la subvención conlleva la autorización a este Departamento para consultar los datos que certifiquen dicha circunstancia. En el caso de que la solicitante se oponga a ello expresamente en su solicitud, deberá aportar los certificados acreditativos del cumplimiento de las citadas obligaciones.
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