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Ayudas para fomentar el uso y presencia del euskera en los centros de trabajo del sector privado ubicados en la Comunidad Foral de Navarra para el año 2018
06.03.2018
Fomento del uso y presencia del euskera en los centros de trabajo de entidades del sector privado ubicados en la Comunidad Foral de Navarra, durante el año 2018, para aumentar el uso, la presencia y la visibilización de esta lengua en la entidad, empresa y/o lugar de trabajo. Plazo de presentación hasta el 1 de abril de 2018

BASES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA FOMENTAR EL USO Y LA PRESENCIA DEL EUSKERA EN LOS CENTROS DE TRABAJO DEL SECTOR PRIVADO UBICADOS 
EN LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA, DURANTE EL AÑO 2018

Base 1.ª Objeto.

La presente convocatoria tiene por objeto regular la concesión de ayudas destinadas a fomentar el uso y presencia del euskera en los centros de trabajo de entidades del sector privado ubicados en la Comunidad Foral de Navarra, durante el año 2018, para aumentar el uso, la presencia y la visibilización de esta lengua en la entidad, empresa y/o lugar de trabajo, ya sea mediante medidas puntuales como mediante la elaboración y/o aplicación de un Plan de euskera para la entidad, con el fin de integrar dicha lengua progresivamente en su paisaje y funcionamiento, tanto interno como externo.

Base 2.ª Disponibilidad presupuestaria.

El presupuesto destinado a esta convocatoria asciende a un máximo de 80.000,00 euros con cargo a la Partida B30002 B3200 4701 334100, denominada “Uso del Euskera en el comercio y la empresa” del Presupuesto de Gastos de 2018.

Base 3.ª Personas o entidades beneficiarias.

Podrán optar a estas ayudas todas aquellas personas físicas o jurídicas privadas, de nacionalidad o domicilio social en cualquier Estado miembro de la Unión Europea, o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar y estén constituidas legalmente conforme a la legislación vigente y que, independientemente de su forma jurídica, sean titulares o, en su caso, gestionen centros de trabajo ubicados en la Comunidad Foral de Navarra.

Quedarán excluidas:

a) Las entidades en cuyo capital social la participación de una o varias administraciones públicas sea superior al 50%.

b) Las empresas o entidades que se dedican a la enseñanza de euskera a adultos, las que realizan funciones de asesoría y normalización lingüística del euskera, así como las que llevan a cabo la traducción o apoyo lingüístico en esta lengua a otras empresas.

c) Aunque puedan acceder a la presente convocatoria las empresas que se hayan presentado a anteriores convocatorias, quedarán fuera de ella aquellas actividades que en 2017 o para el 2017 hayan recibido alguna ayuda por parte de Euskarabidea.

Base 4.ª Requisitos.

4.1. Para resultar beneficiarias las empresas deberán reunir los siguientes requisitos en el momento de la presentación de la solicitud y mantenerlos durante todo el periodo en el que se desarrolle la actividad subvencionada y hasta la justificación de la misma:

–Estar legalmente constituida e inscrita en el registro correspondiente.

–Tener un centro de trabajo ubicado en Navarra.

–No estar incursa en ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13, apartados 2 y 3,de Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

4.2. El cumplimiento de estos requisitos se acreditará mediante la declaración responsable de la representación de la empresa, incluida en el formulario de solicitud y anexos de la convocatoria (anexo II).

Base 5.ª Actividades y gastos subvencionables.

En esta convocatoria se incidirá en los aspectos relacionados con la comunicación de la empresa y su imagen corporativa, sus relaciones internas y externas, aspectos todos ellos recogidos en el denominado Marco de Referencia Estándar (en adelante, cuadro auxiliar EME, por ser éste su equivalente en euskera, anexo IV), incluida la formación lingüística en relación a la actividad profesional.

5.1. Proyectos o actividades subvencionables:

a) La elaboración en 2018 del primer plan de euskera en base al denominado EME, y en su caso, la ejecución del mismo.

b) En el caso de que exista previamente un Plan de euskera, la gestión de las acciones previstas en el mismo para 2018 con referencia al EME.

c) La aplicación de medidas concretas elegidas de entre las propuestas del EME que se consideren necesarias, encaminadas a aumentar la presencia y uso del euskera en la entidad o centro de trabajo.

5.2. En los dos primeros casos, serán subvencionables los siguientes conceptos de gasto:

a) Asistencia técnica (contratación de empresas o profesionales) para la elaboración del plan. En caso de contratación de una empresa o profesionales para la realización del plan de euskera o de alguna fase del mismo, se deberá certificar que quien presta la asistencia cuenta con personal con experiencia profesional. Será el personal con formación o experiencia quien debe ejecutar el encargo.

La formación y la experiencia en este ámbito se acreditarán por medio de declaración emitida por la empresa o profesional que preste la asistencia contratada (anexo III, A).

b) En el caso de asumir internamente el proyecto por parte de la empresa, gastos laborales del personal que realiza el proyecto y que forma parte de la empresa. La empresa deberá señalar en la solicitud el personal que va a dedicar a la realización del proyecto y el porcentaje de jornada que va a dedicar al mismo.

La persona responsable del proyecto deberá acreditar su experiencia en la materia. Para ello, la formación y la experiencia se acreditarán por medio de declaración responsable emitida por el personal que realice el proyecto (anexo III, B).

Solo se ayudará una vez la elaboración del Plan y se destacarán las acciones recogidas en el mismo en el documento excel que se adjunta (anexo IV, EME).

Más información en este enlace. 


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