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Información sobre crisis COVID 19: enviada del 20 al 23 de abril y enlaces a correos anteriores
21.04.2020
(AMEDNA)
ENLACE A CORREOS ENVIADOS DEL 17 AL 26 DE MARZO DE 2020

ENLACE A CORREOS ENVIADOS DEL 30 DE MARZO AL 2 DE ABRIL DE 2020 

ENLACE A CORREOS ENVIADOS DEL 6 AL 8 DE ABRIL DE 2020 


ENLACE A CORREOS ENVIADOS DEL 14 AL 16 DE ABRIL DE 2020  

Correo 23/04/2020 Amedna: correo especial. Segunda encuesta empresarial en relacion con la situación creada por la Covid 19. 

Saludos de nuevo.

Os enviamos hoy de nuevo un cuestionario para conocer de primera mano cómo os está afectando la situación de crisis por la COVID 19.

Como recordaréis enviamos un primer cuestionario el 24 de abril y nos gustaría poder ver la evolución en cuanto a la afección de esta situación general por la pandemia en nuestras asociadas y por ello os animamos a responder a esta segunda encuesta que encontraréis en este enlace.

Muchas gracias por vuestra colaboración y un muy cordial saludo.


Correo 22/04/2020. Amedna: correo especial. Medidas para el pago alquileres locales
 
Saludos de nuevo.
Hoy en nuestro correo especial incluimos un extracto de la nota de prensa sobre el Acuerdo de Consejo de Ministros a cerca de las medidas extraordinarias para el pago de alquileres de locales de negocio.

El Gobierno aprueba medidas extraordinarias para el pago de alquileres de locales de negocio:
▪ Se podrán beneficiar autónomos, profesionales y pymes cuya actividad económica se ha suspendido o se ha reducido drásticamente.
▪ Esta medida va a beneficiar a más de 222.000 inmuebles alquilados de uso comercial, ocio, hostelería y turismo.
▪ Se refuerza la protección de trabajadoras y trabajadores fijos discontinuos.

El Consejo de Ministros ha aprobado medidas extraordinarias para el pago de alquileres de locales de negocios de autónomos, profesionales y pymes cuya actividad económica se ha suspendido o se ha reducido drásticamente.

Con estas medidas se viene a responder a las necesidades de autónomos y pymes que no tienen capacidad financiera para hacer frente sus obligaciones de pago del alquiler de sus locales.

El procedimiento establecido permitirá que las partes puedan llegar a un acuerdo para la modulación de ese pago y facilitará la continuidad de sus actividades comerciales.

Las medidas incluidas en el 'Real Decreto-ley de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo' ofrecen una respuesta generalizada que permite distribuir de manera equitativa el riesgo de la pandemia y del consiguiente estado de alarma entre arrendadores y arrendatarios, especialmente cuando los arrendadores tienen la naturaleza de grandes tenedores. Asimismo, se regula un procedimiento para imponer a las partes una modulación del pago de las rentas de los alquileres de locales que se extiende hasta los dos años. Finalmente, en caso de aplicarse la moratoria para este tipo de arrendamientos, se prevé la no ejecución de garantías de pago, tales como avales bancarios o seguros de impago de alquiler, entre otras.

Arrendamientos de locales de negocios
La persona física o jurídica arrendataria de un contrato de arrendamiento para uso distinto del de vivienda de conformidad con lo previsto en el artículo 3 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, o de industria, podrá solicitar de la persona arrendadora cuando esta sea una empresa o entidad pública de vivienda, o un gran tenedor - entendiendo por tal la persona física o jurídica que sea titular de más de 10 inmuebles urbanos, excluyendo garajes y trasteros, o una superficie construida de más de 1.500 m2 - en el plazo de un mes desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley, la concesión de una moratoria en el pago de la renta arrendaticia que se aplicará de manera automática y que afectará al periodo de tiempo que dure el estado de alarma y sus prórrogas y a las mensualidades siguientes, prorrogables una a una, si aquel plazo fuera insuficiente en relación con el impacto provocado por el COVID-19, sin que puedan superarse, en ningún caso, los cuatro meses.
Dicha renta se aplazará, sin penalización ni devengar intereses, a partir de la siguiente mensualidad de renta arrendaticia, mediante el fraccionamiento de las cuotas en un plazo de dos años, que se contarán a partir del momento en el que se supere la situación aludida anteriormente, o a partir de la finalización del plazo de los cuatro meses antes citado, y siempre dentro del plazo a lo largo del cual continúe la vigencia del contrato de arrendamiento o cualquiera de sus prórrogas.
En el caso de contratos de arrendamiento para uso distinto del de vivienda cuyo arrendador sea distinto a los definidos anteriormente, el arrendatario podrá solicitar de la persona arrendadora, en el plazo de un mes, desde la entrada en vigor de este Real Decreto-ley el aplazamiento temporal y extraordinario en el pago de la renta siempre que dicho aplazamiento o una rebaja de la renta no se hubiera acordado por ambas partes con carácter voluntario. En este caso se permite el uso de la fianza para que el arrendatario pueda afrontar el pago de la renta con más liquidez.

Protección de trabajadoras y trabajadores fijos discontinuos
El Consejo de Ministros ha aprobado reforzar la protección de las trabajadoras y trabajadores fijos discontinuos, ampliando la cobertura regulada en el Real Decreto ley 8/2020, de 17 de marzo, a aquellas personas trabajadoras que no hayan podido reincorporarse a su actividad en las fechas previstas, como consecuencia del COVID-19 y que, o bien disponiendo de periodos de ocupación cotizada suficiente, no cumplen el requisito de situación legal de desempleo, o bien no pueden acceder a la prestación por desempleo por carecer del periodo de cotización necesario para acceder a dicha prestación. De esta medida se benefician especialmente las trabajadoras y trabajadores del sector turístico.

Medidas para reforzar la financiación empresarial
Para reforzar las medidas de apoyo a la liquidez y ampliar su alcance, el Consejo de Ministros ha aprobado medidas complementarias como el reforzamiento del reaval concedido por la Compañía Española de Reafianzamiento Sociedad Anónima (CERSA), lo que permitirá aumentar la capacidad de aval de las Sociedades de Garantía Recíproca, presentes en todas las Comunidades Autónomas de España y con gran capilaridad como reforzadoras del acceso a la financiación de las pymes de las distintas áreas geográficas en que se encuentran presentes.

Un muy cordial saludo.


Correo 20/04/2020.  Compra de Equipos Protección Individual EPIS para autonómas/os, micropymes y pymes


 Saludos.

Os enviamos este SEGUNDO CORREO ESPECIAl para comentaros que se está gestionando por parte de CEN con el Gobierno la posibilidad de establecer un canal de compra de Equipos de Protección Individual (EPis) para autónomas/os, micropymes y pymes ante las dificultades existentes de acceso a este material en precio, plazo y garantía.
 
NECESITARÍAMOS TENER UNA ESTIMACIÓN DEL MATERIAL QUE NECESITARÍAN NUESTRAS ASOCIADAS PARA EL MES DE MAYO (EN PRINCIPIO SIN COMPROMISO) y
para realizar esta estimación necesitamos conocer vuestras necesidades. El precio de adquisición que se está barajando es de 2,25+IVA para mascarillas FFP2, 6,7+IVA para FFP3, 0,53+IVA para mascarillas nivel 2 y 55+IVA para termómetros.

Estaríamos en disposición de pedir también otro tipo de material (guantes, batas, tests, etc.) pero de momento no se dispone de más información.
 
Como la estimación hemos de enviarla mañana a primera hora os solicitamos por favor que nos hagáis llegar hoy por correo a info@amedna.com vuestra previsión tanto de mascarillas como de guantes, batas, test, etc.
 
Quedamos a la espera de vuestra respuesta.



Correo 20/04/2020. Amedna: correo especial.  Sobre procedimiento ayudas y publicación CEN.

Saludos de nuevo.
Hoy recogemos en nuestro correo especial:
1.-COMUNICACIÓN DEL GOBIERNO DE NAVARRA RESPECTO A LA SOLICITUD DE LA AYUDA DEL DECRETO DE LEY FORAL 3/2020
2.-PUBLICACIÓN DE CEN EN SU BOLETÍN SEMANAL EN LA QUE SE RECOGEN A MODO DE PREGUNTAS Y RESPUESTAS ASPECTOS RELATIVOS A LA INCIDENCIA DEL COVID 19 EN LAS EMPRESAS.
 
1.-COMUNICACIÓN DEL GOBIERNO DE NAVARRA
Nos informan desde Gobierno de Navarra que para la solicitud de la ayuda recogida en el Decreto de Ley Foral 3/2020:
·         El Plazo para la solicitud se abrirá a partir de la publicación de las bases reguladoras en el BON.
·         El plazo para la solicitud de la ayuda finalizará el último día del mes natural siguiente a la fecha de finalización del estado de alarma.
·         El Gobierno informará a través de sus canales propios y de los medios de comunicación la fecha de apertura del plazo y los requisitos para su solicitud.

2.-PUBLICACIÓN CEN: PREGUNTAS Y RESPUESTAS SOBRE ASPECTOS RELATIVOS A LA INCIDENCIA DEL COVID EN LAS EMPRESAS

http://www.cen7dias.es/contenido.php?bol=422&id=6317&sec=112

La Confederación de Empresarios de Navarra en su boletín semanal ha editado esta publicación a modo de preguntas y respuestas que creemos puede resultar de vuestro interés y que reproducimos a continuación.
¿Se ha establecido algún aplazamiento para el pago de las deudas de la Seguridad Social?
Sí, debe tratarse de empresas o autónomos, incluidos en cualquier régimen de la Seguridad social o los autorizados para actuar a través del Sistema de remisión electrónica de datos en el ámbito de la Seguridad Social (Sistema RED), que se hayan visto afectados por el COVID-19. Es indispensable que no tengan concedido un aplazamiento previo que continúe en vigor.

¿Se ha articulado alguna moratoria para el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social?
 Sí, cualquier empresa o trabajador por cuenta propia incluidos en cualquier régimen de la Seguridad Social pueden solicitarlo.  Más información.

¿Qué ocurre con el aplazamiento de las deudas tributarias en Navarra?
El Decreto-Ley Foral 2/2020 prevé dos situaciones diferentes:
Los plazos de pago de la deuda tributaria previstos en la normativa tributaria, que no hayan concluido antes del 14 de marzo de 2020 se amplían hasta el 30 de abril de 2020.
Los plazos de pago de las deudas tributarias correspondientes a notificaciones realizadas a partir del 14 de marzo de 2020 se amplían hasta el 1 de junio de 2020, salvo que el otorgado por la norma general sea mayor, en cuyo caso éste resultará de aplicación.

¿Y con los vencimientos de los pagos fraccionados?
Se retrasa un mes el pago del vencimiento correspondiente al día 5 de abril de 2020 de los aplazamientos vigentes, retrasándose, en consecuencia, un mes cada uno de los vencimientos restantes. Además, no se devengarán intereses de demora en ninguno de los plazos por el periodo comprendido entre el 5 de abril y el 5 de mayo.

¿Hay aplazamientos para las liquidaciones y autoliquidaciones trimestrales?
Sí, en el caso de las declaraciones-liquidaciones o autoliquidaciones de IVA, retenciones a cuenta del IRPF, a cuenta del Impuesto sobre Sociedades y a cuenta del Impuesto de la Renta de los no residentes del primer trimestre, el plazo de presentación e ingreso se amplía hasta el 1 de junio de 2020.

¿Y para las mensuales?
Las correspondientes al mes de febrero, puedan presentarse e ingresarse en un plazo que se extiende hasta el 30 de abril de 2020, si bien, hasta la fecha, no hay ampliación prevista para las correspondientes al mes de marzo.

¿Se han articulado aplazamientos para las autoliquidaciones y pagos fraccionados de IRPF?
Sí, los contribuyentes del IRPF que realicen actividades económicas no tendrán la obligación de autoliquidar e ingresar los pagos fraccionados correspondientes al primer y segundo trimestre de 2020.

¿Hay moratorias en el pago de rentas de alquiler?
Sí, para los inquilinos de grandes tenedores y empresas o entidades públicas de vivienda. Se aplican a:
Arrendatarios trabajadores por cuenta ajena (asalariados) que pasen a estar en situación de desempleo, afectos por un Expediente Temporal de Regulación de Empleo (ERTE), o hayan reducido su jornada laboral por motivo de cuidados; y/o
Arrendatarios empresarios o profesionales que experimenten una pérdida sustancial de ingresos;
El Gobierno ha establecido un programa de avales del Estado respecto de la financiación bancaria para el pago de la renta del arrendamiento de vivienda y podrá cubrir un importe máximo de seis mensualidades de renta. El plazo de devolución será de hasta seis años, prorrogable excepcionalmente por otros cuatro y sin que, en ningún caso, devengue ningún tipo de gastos e intereses para el solicitante. De igual modo, el Gobierno ha previsto un programa de ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual.

¿Afecta la moratoria a las hipotecas?
Sí para trabajadores por cuenta ajena o autónomos, cuando se trate de hipotecas sobre la vivienda habitual, sobre inmuebles vinculados a la actividad económica que desarrollen los trabajadores autónomos (profesionales o empresarios) y sobre viviendas distintas a la habitual en situación de alquiler para las que el deudor hipotecario, propietario y arrendador, haya dejado de percibir la renta.

Un muy cordial saludo   

 
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PDG - Programa de dirección general del IESE
Del lunes 20 de octubre de 2025 al viernes 29 de mayo de 2026
El PDG (Programa de Dirección General) está dirigido a personas que llevan varios años desempeñando funciones de dirección general o que, por su posición dentro de la organización están en la alta dirección y quieren obtener una visión integral de la Dirección General en un entorno económico de cambio constante; desarrollar su talento y capacidad de liderazgo; potenciar el pensamiento estratégico e impulsar la toma de decisiones y la implementación de acciones de forma eficaz. El programa asienta sus bases en la excelencia académica y una perspectiva humanista del liderazgo en la empresa, donde la dignidad de la persona y su compromiso con los valores éticos constituyen el eje del éxito en la organización y la sociedad a largo plazo. El PDG se imparte a lo largo de seis meses en Pamplona, ofertando una gran flexibilidad a los participantes y permitiéndoles compatibilizar el estudio del programa con su vida profesional y personal.
PDG - Programa de dirección general del IESE (presencial)
Del lunes 12 de enero al martes 30 de junio de 2026
El PDG es una oportunidad para que empresarios y directivos puedan profundizar en su formación en alta dirección, y una ocasión única para contrastar criterios, iniciativas e ideas con otros altos directivos y profesores. La diversidad y heterogeneidad de nuestros participantes enriquece la discusión y su aprendizaje.
Programa para la certificación PMP®.24ª edición y última antes de cambio de examen
Viernes, 30 de enero al 15 de mayo de 2026
La certificación PMP (Project Management Profesional) es una certificación de Competencia Profesional para la Dirección de Proyectos, reconocida globalmente. Asociación de la Industria Navarra en su 24ª edición, prepara para la superación del examen de certificación. La formación está adaptada a la nueva versión de PMBOK 6 y que se puede realizar en a la nueva versión de PMBOK 6 y que se puede realizar en presencial o en streaming.
II Encuentro networking virtual de socias de Asociaciones en red
Jueves, 14 de mayo de 2026
¡Retomamos el Encuentro networking virtual de socias de las Asociaciones en red! Anota la fecha, jueves 14 de mayo y prepara la mejor presentación de tu empresa para poder brillar en este Encuentro. ¡No puedes perderte esta oportunidad para ampliar tus oportunidades de negocio en colaboración con otras mujeres del mundo de la empresa! Las mujeres profesionales de INDICAR ASOCIACIONES se reúnen, se conocen, intercambian información, contactos… ¡hacen crecer sus empresas!
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