Subvención para la internacionalización agrupada de empresas navarras 2017
26.04.2017
El grupo deberá cumplir estos requisitos:
Las empresas no podrán tener ninguna relación accionarial ni de participación entre ellas, ni acuerdos que imposibiliten el buen funcionamiento de la actuación planteada.
El grupo contará con un mínimo de dos pymes con domicilio fiscal en Navarra, que deberán estar incluídas en los sectores contemplados por la RIS3 (Research and Innovation Smart Specialisation Strategy) de Navarra.
El grupo contará con un máximo de quince empresas.
Los cambios de participantes y las bajas prematuras deberán contar con la aceptación por unanimidad del grupo y la aprobación del Servicio de Proyección Internacional.
Una misma entidad sólo puede presentar tres proyectos en cada convocatoria que se apruebe en el marco de esta subvención.
Una misma empresa podrá formar parte como máximo de dos grupos que se presenten a esta subvención.
El proyecto deberá realizarse entre el 1 de enero de 2017 y el 31 de agosto de 2018 y ser posterior a la entrada en vigor del acuerdo de cooperación o colaboración.
Se considerarán gastos elegibles los posteriores a la firma del acuerdo de colaboración y cuya realización; fecha, factura y abono tenga lugar entre el 1 de enero de 2017 y el 31 de agosto de 2018. Estos podrán ser:
- Gastos elaboración Plan de Internacionalización de la agrupación. Sólo para las agrupaciones que desean iniciar su actividad en un mercado extrajero determinado.
- Gastos facturados por la entidad promotora, en concepto de salario del gerente del proyecto para las tareas de coordinación, impulso y promoción del grupo, justificados en las nóminas, tcs y el anexo Imputación horas gerencia 2017
- Gastos de viaje del/de la gerente del grupo para la ejecución del proyecto.
- Gastos de viaje de las empresas del grupo (una persona por misión y empresa), con su programa de trabajo.
- Viajes de clientes actuales o potenciales
- Gastos de promoción conjunta
- Exposición conjunta en ferias y otros eventos
- Contratación de asesoramiento especializado
- Alquiler conjunto de locales en país de destino para la actividad colaborativa que se desarrolle (centro de sumunistros, servicio postventa, almacenaje, talleres, etc.)
- Gastos de realización prototipos de productos o procesos colaborativos entre las empresas del grupo, para ofrecer en el mercado de destino.
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