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ICO Línea para la internacionalización de la empresa española
14.02.2011
(ICEX)
El instituto de crédito oficial (ICO) en colaboración con el ICEX. Pueden acceder a estas ayudas personas físicas o jurídicas residentes en España con actividad productiva en terrritorio nacional, o empresas residentes en el extranjero con mayoría de capital español
Organismo INSTITUTO DE CREDITO OFICIAL (ICO) EN COLABORACION CON EL ICEX
Persona de Contacto TLFN.- 900121121
¿Quién puede acceder?
Personas físicas o jurídicas residentes en España con actividad productiva en terrritorio nacional, o empresas residentes en el extranjero con mayoría de capital español
Requisitos
1.- Menos de 250 trabajadores
2.- Volumen de negocio anual inferior a 40 millones de euros (6.665,44 millones de pesetas) o balance general anual no superior a 27 millones de euros (4.492,42 millones de pesetas)
3.- No estar participadas por una gran empresa o grupo de grandes empresas, en un porcentaje igual o superior al 25 % del capital.
Cuantía
Hasta el 70% de la base de financiación de proyectos de inversión en el exterior, excluyéndose inversiones en los sectores inmobiliario, financiero, seguros, defensa o impuestos de cualquier naturaleza.
El préstamo máximo es de 750 millones de pesetas (4,5 millones de euros) por beneficiario y proyecto.
Descripción
La base de la financiación incluirá la totalidad de las aportaciones españolas dinerarias o en especie, siempres que se trate de activos fijos, con los siguientes límites:
a) 80% de la inversión financiable en bienes inmuebles afectos
b) 20% de la inversión financiable en concepto de inmovilizado inmaterial
Se puede incrementar la base en un 20% en concepto de capital circulane ligado al inicio de la actividad del proyecto.
Las opciones en cuanto al tipo de interés son:
a) Tipo fijo en pesetas o en euros
b) Tipo variable en pesetas, euros o divisas, referenciado al euribor/libor a 6 meses
Para inversiones en países miembros de la OCDE, el tipo de referencia más un máximo de 0,25 puntos porcentuales
Para proyectos en el resto de países, el tipo de referencia con una reducción máxima de 0,75 puntos porcentuales
Las entidades bancarias no pueden cobrar nada en concepto de comisión o gastos.
Documentación
El empresario debe poder acreditar la realización de la inversión financiada, comprometiéndose a aportar facturas, cartas de pago, proyectos, escrituras o cualquier otro documento que pueda servir como comprobante de la inversión realizada.
Incompatibilidades
Las ayudas recibidas de las Comunidades Autónomas u otras instituciones deben respetar la condición de minimis establecida por la Unión Europea.
Descripción
Concesión La tramitación se realiza directamente en las oficinas de los principales Bancos y Cajas de Ahorro establecidas en España
Estas entidads serán las que exijan las garantías oportunas
Plazos
Los plazos de amortización del préstamo son los siguientes:
a) 5 años, sin carencia o con 1 año de carencia
b) 7 años, sin carencia o con 2 años de carencia
c) 10 años, sin carencia o con 3 años de carencia