BASES REGULADORAS
Base 1.–Objeto.
Estas ayudas tienen por finalidad:
–Potenciar la incorporación de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC) por parte de las pymes.
–Fomentar la “Transformación Digital” de las empresas mediante la implantación de soluciones TIC innovadoras.
Base 2.–Proyectos subvencionables.
1. Serán subvencionables los siguientes proyectos:
A) Proyectos de implantación de comercio electrónico y de soluciones empresariales en la nube (cloud computing).
B) Proyectos de implantación de soluciones TIC innovadoras aplicadas a la “Transformación Digital” de la empresa.
2. Los proyectos tipo A) deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1. La implantación de comercio electrónico:
a) Deberá desarrollarse sobre sistemas estándar y contener un gestor de contenidos sin restricciones para su gestión.
b) Estar adaptada para dispositivos móviles.
c) El dominio donde se aloje el comercio electrónico deberá estar a nombre de la empresa solicitante.
d) El contenido de la web y los productos o servicios a la venta que se expongan en ella, deben estar relacionados con la actividad económica de la empresa beneficiaria.
e) Las plataformas de comercio electrónico B2C deben permitir la contratación de los productos o servicios comercializados por la solicitante y la realización de las transacciones de pago on line en tiempo real.
f) Las plataformas de comercio electrónico B2B permitirán la celebración de contratos on line y el pago podrá realizarse por cualquier sistema de pago que se considere adecuado a la naturaleza de los bienes o servicios objeto de transacción.
g) Se considerará subvencionable la creación o adaptación de webs por empresas del sector turístico, que incluyan la integración en cualquier plataforma de reservas disponible, permitiendo así la contratación o reserva online de los servicios ofrecidos.
h) Se considerará subvencionable el desarrollo de aplicaciones móviles que implementen comercio electrónico que cumpla los requisitos e) o f) de este apartado, según proceda. Estas aplicaciones deberán estar asociadas a una página web en la que se indique cómo proceder a su descarga, la cual debe cumplir los requisitos a), b) c) y d) de este mismo apartado.
2.2. La implantación de soluciones empresariales en la nube (cloud computing), que como tales deberán ser soluciones de acceso remoto no implementadas en local, deben estar relacionadas con los diferentes ámbitos de gestión de la pyme, que contribuyan a mejorar su competitividad.
Se considerarán subvencionables los proyectos enmarcados en alguno de los siguientes tipos de servicio:
–Infraestructura como servicio (IaaS – Infrastructure as a Service).
–Plataforma como servicio (PaaS – Platform as a Service).
–Software como servicio (SaaS – Software as a Service).
Más información en este enlace.
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