BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA PROMOCIÓN DE EMPRESAS ARTESANAS DE NAVARRA DE 2019
Base 1.ª Objeto.
Las presentes bases reguladoras tienen por objeto regular el régimen de concesión de las subvenciones a las empresas artesanas de Navarra al objeto de incrementar su competitividad, mediante el fomento de las actividades de comercialización y de promoción de sus productos y de aquellas actividades que incidan en la mejora del grado de formación de sus trabajadores, al objeto de impulsar su desarrollo y su fortalecimiento.
La utilidad pública de las subvenciones es la promoción de las empresas artesanas y de sus productos para dinamizar y relanzar el sector, dada la necesidad de mantener viva y de dinamizar una actividad, la artesanal, que enriquece culturalmente al conjunto de la sociedad y que se configura como una parte sustancial del patrimonio inmaterial de Navarra fomentando, además, el reconocimiento de la artesanía, como sinónimo de tradición, calidad, diseño y elaboración a mano de productos genuinos, únicos y originales en contraposición a la elaboración de productos de forma industrial, en serie o de forma mecanizada.
Base 2.ª Dotación presupuestaria.
El crédito autorizado para hacer frente a los compromisos derivados de esta convocatoria es de 45.000 euros.
Base 3.ª Plazo de ejecución de las actuaciones.
1. Se consideran subvencionables aquellos gastos realizados y facturados dentro del periodo comprendido entre el 17 de noviembre de 2018 y el 11 de noviembre de 2019, ambos inclusive y que hayan sido abonados con anterioridad a la finalización del periodo de justificación. A estos efectos se considerará como fecha de realización del gasto la fecha de facturación.
2. Los justificantes de pago de los gastos subvencionables deberán estar comprendidos entre el 17 de noviembre de 2018 y el 11 de noviembre de 2019, ambos inclusive.
Base 4.ª Empresas beneficiarias, requisitos específicos y acreditación de su condición.
1. Empresas beneficiarias.
Podrán acceder a las subvenciones establecidas en esta convocatoria las pymes que cumplan los requisitos generales que establece el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones y los siguientes requisitos específicos:
1.1. Estar inscrita en el Registro de Empresas Artesanas de Navarra con anterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.
1.2. Tener en vigor el carnet que acredita la condición de empresa artesana de Navarra en la fecha de presentación de la solicitud de la subvención. En todo caso dichas empresas deberán cumplir los requisitos exigidos para la adquisición de la condición de empresa artesana, durante el periodo establecido para la realización de las actividades determinadas como subvencionables en la convocatoria, y en consecuencia, únicamente serán admisibles las actuaciones realizadas en el periodo en el que las empresas artesanas cumplan dichos requisitos.
1.3. En su caso, haber presentado la solicitud de renovación de la condición de empresa artesana, con anterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.
2. Acreditación de su condición.
La condición de empresa beneficiaria se comprobará de oficio por el órgano gestor de la convocatoria.
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