BASES REGULADORAS
Base 1.–Objeto.
Estas ayudas tienen por objeto incentivar la participación de las empresas, en especial de las pyme, de los centros tecnológicos, organismos de investigación y universidades de Navarra, en los distintos programas comunitarios e internacionales a través de los que se financia la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación (I+D+i).
Base 2.–Actuaciones objeto de ayuda.
1. Son objeto de esta convocatoria las actuaciones de definición, elaboración y presentación de proyectos de I+D+i a las convocatorias de ayudas de los siguientes programas:
A. Programa Horizonte 2020 (en adelante, H2020) y otros programas de financiación de la I+D+i a nivel comunitario.
B. Programas de cooperación tecnológica internacional:
–B.1. Proyectos de cooperación tecnológica internacional gestionados a través del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (en adelante CDTI): multilaterales (Eureka, Iberoeka, Eurostars, etc.) o bilaterales (Brasil, Canadá, Japón, China, Corea, India, Sudáfrica, etc.).
–B.2. Proyectos de cooperación tecnológica internacional amparados bajo los esquemas ERA-NET, ERA-NET Plus o ERA-NET COFUND.
2. Todas las actuaciones objeto de ayuda se referirán a proyectos en cooperación, excepto aquellos correspondientes a las líneas específicas de proyectos individuales previstas dentro de los programas europeos (por ejemplo, Instrumento Pyme).
3. Al amparo de la presente convocatoria se podrá subvencionar la presentación de proyectos cuyo informe de evaluación o concesión se haya recibido con posterioridad al 15 de diciembre de 2017.
Base 3.–Entidades beneficiarias.
1. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas, centros tecnológicos, organismos de investigación y universidades que participen en los citados programas de financiación de la I+D+i y que reúnan los siguientes requisitos:
a) Tener un centro de trabajo en Navarra y desarrollar en el mismo los proyectos objeto de esta convocatoria.
b) Estar inscritas en el Registro Industrial de Navarra, cuando así proceda de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Orden Foral 152/2013, de 30 de abril, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se crea el Registro Industrial de Navarra.
c) Para obtener la intensidad de ayuda establecida para las pyme en la base 5, las empresas deberán ajustarse a la definición de pyme de la Recomendación de la Comisión, de 6 de mayo de 2003.
d) No estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias del artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
Asimismo, con el fin de comprobar que las solicitantes se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, la solicitud de las ayudas conlleva la autorización a este Departamento para consultar, en el momento en que se dicta la propuesta de resolución de concesión, los datos que certifiquen dicha circunstancia.
2. El cumplimiento de los requisitos exigidos se acreditará mediante una declaración responsable.
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