REQUISITOS
- Las acciones formativas deberán realizarse en Navarra y deberán contribuir a la adquisición de nuevos conocimientos y al reciclaje permanente, para así lograr una mayor promoción e integración social de los trabajadores y una mayor competitividad de las empresas.
- Serán subvencionables hasta un máximo de 70 horas. El Servicio Navarro de Empleo podrá subvencionar acciones formativas que superen las 70 horas previa petición motivada de la entidad solicitante.
- Las acciones formativas se deberán ejecutar a partir de su fecha de concesión y hasta el 30 de noviembre del año para el que sean concedidas.
- Se establece un régimen económico de módulos específico por participante y hora de formación de 6,54 euros en el caso de formación presencial y de 4,9 en teleformación.
- La formación podrá impartirse de forma presencial, mediante teleformación o mixta, salvo la formación dirigida a la obtención de certificados de profesionalidad que se realizará de forma presencial.
- En ningún caso las acciones formativas podrán superar las 8 horas diarias, con un límite semanal de 40 horas.
- La duración de la acción formativa no podrá ser inferior a 10 horas.
- Las acciones formativas presenciales deberán organizarse en grupos, con un máximo de 20 participantes por grupo.
CUANTÍA
Se subvencionará hasta un máximo del 60% del módulo a medianas empresas y hasta un máximo del 70% del módulo a pequeñas empresas..
Plazo y lugar de presentación: En el Registro General del Servicio Navarro de Empleo, así como a través de los registros electrónicos o en las Agencias de Empleo hasta el 13 de julio de 2017. Si la disponibilidad presupuestaria lo permite, se abrirá un plazo de presentación de solicitudes en los primeros 15 días naturales de agosto.
Más información en este enlace.
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